<Oficina de Comunicaciones CONTRALORÍA GENERAL>. El jefe del organismo de control, Carlos Hernán Rodríguez Becerra, se refirió así a la propuesta de usar estos recursos públicos para comprar dosis de vacunas contra la fiebre amarilla y dijo que hay unas normas presupuestales y legales, frente a las cuales se debe llevar paso a paso cualquier tipo de modificación.
“Es perfectamente legítimo modificar el perfil de vigencias futuras, pero debe ser de común acuerdo entre los que suscribieron los contratos y cumpliendo los requisitos legales”, indica.
Cartagena, abril 24 de 2025.- El Contralor General de la República, Carlos Hernán Rodríguez Becerra, consideró que no es viable la eventual utilización, para otros fines, de los recursos públicos de vigencias futuras de las concesiones viales de 4G y 5G.
“Consideramos que los recursos públicos ya presentes en el Patrimonio Autónomo de cada proyecto, tienen una destinación específica debidamente pactada en el contrato de concesión y no pueden ser utilizados para otros fines, so pena de graves incumplimientos a lo contractualmente pactado y a las normas vigentes”, precisó.
Rodríguez Becerra dejo claro que para la Contraloría es perfectamente legítima la aspiración de modificar el perfil de aporte de vigencias futuras de la Nación pactado para un contrato de concesión vial, pero esto debe surgir de un acuerdo debidamente protocolizado entre las partes (Otrosí, Modificatorio, etc), que previamente haya cumplido los requisitos y aprobaciones del Conpes, Confis y el DNP, como bien se hizo en el trámite inicial que posibilitó la licitación y suscripción de dicho contrato de concesión vial.

Afirmó que la CGR siempre ha sido firme defensora de que cada una de las partes que suscriban un contrato de concesión, la Nación y un Concesionario, están obligadas a cumplir cabalmente con todo lo pactado y a asumir las consecuencias contractuales, fiscales, disciplinarias y/o penales, en caso de eventuales incumplimientos.
Todos los contratos de concesión vial de iniciativa pública (APP de iniciativa
Pública) suscritos por la ANI, sean de 4G o 5G, tienen pactado un perfil de aporte de vigencias futuras, donde se establece el monto anual a aportar por la Nación al Patrimonio Autónomo (Subcuenta Aportes ANI) de cada contrato, en cumplimiento de una obligación contractual pactada y a cargo de la ANI. “Si no se cumple con esta obligación, se podría generar un presunto incumplimiento contractual y una generación de pago de intereses moratorios y remuneratorios, no previstos en la estructuración financiera del proyecto”, advirtió el Contralor General.
Subrayó que en los contratos de concesión vial vigentes no está previsto condicionar el aporte de las vigencias futuras al estado y/o avance de los mismos. En caso de atrasos o incumplimientos del concesionario, el propio contrato establece, claramente, las acciones conminatorias y/o sancionatorias que corresponden”, explicó el Contralor Rodríguez Becerra.
“Con esto, llamo firmemente la atención frente al hecho de que hay unas normas presupuestales y legales, frente a las cuales se debe llevar paso a paso cualquier tipo de modificación frente a las circunstancias anteriormente citadas”, finalizó.
