En una decisión final, la Corte Constitucional determinó que no hubo argumentos suficientes para ser intervenida la EPS SANITAS, por parte de la Superintendencia Nacional de Salud.
De esa manera, las tres resoluciones: ordenado, corregido y prorrogado, la intervención del gobierno nacional sobre los bienes de la entidad Colombiano Española.
La decisión de la Superintendencia Nacional de Salud del 2 de abril de 2024 quedó sin piso jurídico, lo que afectará las intervenciones en contra de la NUEVA EPS, además de los efectos de las demandas en el exterior de EPS SANITAS.
La Sala Plena de la Corte Constitucional tomó la decisión al revisar una tutela y revocar las decisiones del Tribunal Superior de Bogotá y la Corte Suprema de Justicia, con lo que amparó el derecho al debido proceso de la EPS SANITAS.
Además, remitió el expediente a la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2.008, que reconoce la salud como un derecho fundamental.
