Suspenden directiva que restringía celebración de contratos y convenios interadministrativos para entidades del Gobierno Nacional
El Consejo de Estado decretó la suspensión provisional de la Directiva Presidencial 06 de 2023, con la cual se estableció que «los ministerios, sus entidades adscritas y vinculadas con capacidad jurídica para contratar, deberán ejecutar directamente sus recursos y evitarán acudir a otras entidades para que actúen como intermediarios en la ejecución de sus políticas y recursos públicos». Así lo determinó la Subsección C de la Sección Tercera de la máxima instancia de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, en el curso de una demanda con la que se pretende la nulidad de ese acto administrativo. En ese proceso el demandante también solicitó la suspensión de la directiva, por considerar que, con ella, se impuso a las entidades una prohibición para celebrar contratos y convenios interadministrativos, que son negocios jurídicos a los que pueden acudir las entidades públicas para cumplir con sus deberes misionales. A juicio del demandante y aquí solicitante, el acto adolece de vicios como la falta de competencia de la entidad que lo expidió y la extralimitación en el ejercicio de sus funciones, así como el de la violación a los principios de colaboración armónica, coordinación, concurrencia y subsidiariedad. El Consejo de Estado decretó la suspensión provisional de la directiva. Concluyó que las expresiones impositivas que se usan en el acto demandado y el deber allí previsto de ejecutar directamente sus recursos, puede entenderse como el establecimiento de una limitación para la celebración de contratos y convenios interadministrativos, figuras contractuales válidas que están previstas en la ley. Como la Constitución establece que es el legislador el llamado a establecer los límites de la actividad contractual del Estado, el análisis preliminar de la directiva acusada llevó a considerar que, con ella, realmente se impuso una restricción sin tener competencia para ello.

